Decreto Ley 373 del Creador Audiovisual y Cinematográfico Independiente: un nuevo camino
Por: Taissé Del Valle Valdés
El Decreto Ley 373 del Creador Audiovisual y Cinematográfico Independiente publicado esta mañana en la Gaceta Oficial de Cuba entrará en vigor a los 60 días hábiles. Según puntualizó Ramón Samada, presidente del Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos (Icaic), la aplicación será el 24 de septiembre próximo y a partir de entonces se constituirán las productoras independientes, el Registro del Creador y el Fondo de Fomento a la Producción Cinematográfica.
Tras una etapa de análisis y como resultado del VI Congreso del Partido Comunista de Cuba, la máxima dirección del Icaic estuvo inmersa durante cuatro años en un proceso de reordenamiento que condujo al reconocimiento legal del creador audiovisual y cinematográfico, de las productoras independientes y los colectivos que ofrecen servicios de producción.
Además se aprueban tres nuevas actividades por cuenta propia: Operador y/o arrendador de equipos tecnológicos para la producción artística, el seleccionador de elenco o agente de casting y el auxiliar de producción.
Samada resaltó el papel protagónico de los creadores. “No hubiéramos sido capaces de llegar al objetivo alcanzado sin la participación de ellos que fueron protagonistas de este trabajo”. Asimismo destacó que se crea la Comisión Fílmica presidida por el Ministerio de Cultura para facilitar la producción cinematográfica y extranjera.
La puesta en vigor del Decreto Ley 373 del Creador Audiovisual y Cinematográfico Independiente fue un trabajo de conjunto entre el Ministerio de Cultura, el Icaic, el Instituto Cubano de Radio y Televisión, el Banco Nacional de Cuba, y los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y el de Finanzas y Precios.
La legislación cubana, que siempre se ha mantenido como la sombrilla jurídica del pueblo, no podía desconocer una realidad vigente entre el gran cúmulo de los realizadores audiovisuales del país.